Instruccion DGT 20/ GE-86 sobre tasas y traslado de expedientes de examen
El pasado 17 de junio entro en vigor la Instrucción de la DGT 20/ GE-86 sobre Modificación de las normas económico-contables para la gestión de las tasas de la Jefatura Central de Tráfico, que derogo y sustituyo a las anteriores Instrucción 13/GE-76 y a la instrucción 19/ GE-85 publicada en diciembre de 2019.
Aunque las tarifas no sufrieron cambio en su cuantía, si hubo algunas pequeñas variaciones en cuanto a los conceptos que hacían aplicable las distintas tasas. Por lo que se refiere a exámenes, la principal novedad es que el traslado de expediente devengará la tasa IV en los siguientes casos:
"Traslados de expediente de exámenes: se devenga por el cambio en el expediente de examen iniciado ante una jefatura, por traslado a otra escuela o a otra sección de la misma o distinta escuela.
Se devengará esta tasa por cada alumno, aunque el motivo del traslado de expediente sea la baja de la escuela o sección"
Se devengará esta tasa por cada alumno, aunque el motivo del traslado de expediente sea la baja de la escuela o sección"
Por lo tanto desde el 18 de junio de 2020 es exigible la tasa IV.1 por cualquier traslado de expediente de examen, incluidos entre secciones de una misma escuela o estén motivados por la baja de la escuela o sección.
Instrucción DGT 20/GE-86 [enllaç]
GDEX - Gestión de Exámenes
(email enviat el 1-set-20)